Una norma europea clara

Reglamento (UE) N. 965/2012 de la Comisión
El coavionnage o compartir sin lucro los gastos de un vuelo privado con los pasajeros es totalmente legal en la Unión Europea de acuerdo con la Reglamento (UE) N. 965/2012 de la Comisión: Los pilotos privados tienen permiso para compartir sus vuelos y costes con los pasajeros en aviones no complejos con no más de 6 personas incluyendo el piloto. También se les permite publicitar sus vuelos. Además, sólo se permite a los pilotos compartir los costes directos del vuelo, ya que sería ilegal para ellos obtener algún beneficio.

Firma de la Declaración de Cumplimiento ante EASA

Declaración de Cumplimiento y Anexo
VUELEA ha suscrito explícitamente el documento Declaración Seguridad para la aviación general en vuelos de no comerciales para aviones ligeros, propuesto por la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) como compromiso firme para la seguridad de este tipo de vuelos. Al firmarlo, VUELEA se compromete a adherirse a sus principios, responsabilidades y valores.

Declaración de Código de Conducta

Código de Conducta para pasajeros Código de Conducta para pilotos
VUELEA, como plataforma promotora del coavionaje en España suscribe una ante la Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA) una Declaración de Código de Conducta asumiendo el estricto compromiso la seguridad de los vuelos no comerciales de aviación general en aviones ligeros. Este documento constituye para la plataforma un compromiso total con los principios, responsabilidades y valores que EASA establece, y se estructura en dos bloques, uno para pasajeros y otros para pilotos.

Check-list de EASA para el transporte de pasajeros en coavionaje

Lista de chequeo para el piloto
La Agencia Europea de Seguridad Aérea ha elaborado una check-list o lista de control que contiene cada uno de los pasos que los pilotos deberán seguir para comunicar adecuadamente a sus pasajeros los diferentes elementos de seguridad y organización del vuelo. El objetivo de la lista es que tanto los pilotos como los pasajeros disfruten del vuelo en las mejores condiciones de seguridad posible. Por ello, esta lista afecta directamente tanto a pilotos como a pasajeros.

Las autoridad española de aviación civil confirma

Carta de validación oficial de EASA EG E4277 de la CAA del Reino Unido
Varios países de la UE han regulado de forma concreta sobre la excepción que permite el vuelo no-comercial compartiendo gastos, destacando la decisión del Consejo de Estado de Francia del 22/6/2017 respecto a la instrucción operativa de la DGAC de 23/8/2016, y la Excepción General E4277 de la CAA del Reino Unido.

En España, la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA) también autoriza, en su rol de regulador nacional dentro de la jurisdicción de EASA, las actividades de VUELEA en su labor de coordinar la realización de vuelos "en gastos compartidos" y como estrategia para el desarrollo de la aviación ligera. Una carta de validación oficial, corrobota la total legalidad de la operación de la plataforma ante EASA.